Optimiza la tributación de tu negocio y cumple con Hacienda sin sobresaltos ni errores

Cuando llega diciembre y un autónomo me pregunta qué puede hacer para pagar menos impuestos, mi primera reacción es mirar lo que ha ocurrido durante los once meses anteriores. Un buen asesoramiento fiscal Santiago de Compostela no debería consistir en descubrir a finales de año una supuesta fórmula mágica para reducir impuestos, sino en haber llevado durante todo el ejercicio una contabilidad ordenada, saber cómo evoluciona el resultado del negocio y tomar decisiones con margen suficiente. Hacienda tiene muchas virtudes administrativas, pero recompensar la improvisación del 29 de diciembre no suele estar entre ellas.

El cierre contable es precisamente uno de los momentos en los que más diferencias encuentro entre una empresa que trabaja con previsión y otra que simplemente va registrando facturas. Antes de cerrar el ejercicio reviso ingresos, gastos, amortizaciones, facturas pendientes, saldos de clientes y proveedores, posibles deterioros, inversiones realizadas y obligaciones fiscales que puedan derivarse del resultado. No busco “fabricar” un beneficio diferente al real, sino asegurarme de que las cuentas representan correctamente la actividad y de que no estamos dejando fuera gastos legítimos o registrando partidas en un periodo que no les corresponde.

Con las pymes y sociedades, esa anticipación permite además estimar el resultado antes de que el ejercicio esté completamente terminado. Si la empresa tenía previsto renovar determinados equipos, realizar una inversión necesaria o afrontar algún gasto vinculado realmente a su actividad, saber cómo llega al cierre facilita decidir el momento adecuado sin recurrir a operaciones artificiales. Planificar fiscalmente no significa inventar gastos para pagar menos; significa conocer las reglas antes de tomar decisiones empresariales que ya tienen sentido por sí mismas.

La deducción de gastos es uno de los asuntos que más conversaciones genera, sobre todo entre autónomos. Yo suelo aplicar una regla bastante menos emocionante que los trucos que circulan por internet: tiene que existir una relación justificable con la actividad, conservarse la documentación correspondiente y registrarse correctamente. El hecho de pagar algo desde la cuenta profesional no transforma automáticamente un consumo privado en gasto empresarial. Un ordenador utilizado para trabajar es fácil de entender; una cena familiar presentada como “reunión estratégica” porque alguien habló cinco minutos del negocio necesita bastante más imaginación que asesoramiento fiscal.

También presto mucha atención a la diferencia entre el tratamiento de un gasto en IVA y en la imposición sobre la renta o sociedades. Que una partida tenga relación con la actividad no significa automáticamente que su tratamiento sea idéntico en todos los impuestos. Por eso me interesa conocer qué se compró, para qué se utiliza, quién figura en la factura y cuál es la actividad concreta del contribuyente. Una fotografía enviada por WhatsApp de un recibo arrugado puede ser el comienzo de la conversación, pero no debería ser el sistema documental de una empresa en 2026.

Cada trimestre llega después el momento del IVA. La mecánica básica parece sencilla: repercutimos IVA en determinadas operaciones, soportamos IVA en determinados gastos y liquidamos la diferencia cuando procede. Sin embargo, la realidad empresarial incluye operaciones exentas, diferentes tipos impositivos, adquisiciones intracomunitarias, importaciones, facturas rectificativas y actividades con reglas específicas. Por eso no me gusta esperar al último día de presentación para averiguar qué ocurrió durante los tres meses anteriores. Cuando la documentación llega de forma continua puedo revisar incidencias antes de que la declaración esté encima de la mesa.

Con el IRPF ocurre algo parecido. Un autónomo puede estar sujeto a pagos fraccionados según el régimen que le corresponda y, además, determinadas facturas y pagos pueden incorporar retenciones. Las sociedades, por su parte, tienen su propia lógica tributaria y obligaciones relacionadas con el Impuesto sobre Sociedades. No asumiría que todos los negocios presentan exactamente los mismos modelos ni que tienen idéntico calendario, porque la forma jurídica, la actividad y determinadas circunstancias modifican las obligaciones. Mi trabajo consiste precisamente en saber qué corresponde en cada caso para que el empresario no tenga que convertirse en especialista tributario además de dirigir su empresa.

La tecnología está cambiando también una parte importante de este trabajo. Y aquí conviene separar dos asuntos que se mezclan continuamente: los requisitos de los sistemas informáticos de facturación —donde aparece VERI*FACTU— y la factura electrónica obligatoria entre empresarios y profesionales. No son exactamente la misma obligación ni tienen el mismo calendario. A agosto de 2026, la Agencia Tributaria sitúa la adaptación obligatoria de los sistemas informáticos de facturación antes del 1 de enero de 2027 para contribuyentes sujetos al Impuesto sobre Sociedades y antes del 1 de julio de 2027 para el resto de obligados afectados.

Esto significa que yo no esperaría hasta diciembre de 2026 para descubrir si el programa utilizado para facturar cumple los requisitos que serán exigibles. Prefiero revisar ahora qué software utiliza el negocio, quién lo mantiene, si existe una versión adaptada y cómo vamos a organizar el cambio. La norma busca que los sistemas garanticen características como integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación. Para una pequeña empresa, la consecuencia práctica es bastante sencilla: el Excel improvisado o el programa que lleva quince años funcionando sin actualizaciones merece una revisión seria.

La factura electrónica B2B tiene un calendario diferente. El Real Decreto 238/2026 desarrolló en marzo de 2026 el sistema obligatorio entre empresarios y profesionales y establece una aplicación escalonada vinculada a la entrada en vigor de la orden ministerial que desarrolla la solución pública: doce meses después para quienes hayan superado ocho millones de euros de volumen de operaciones en el año anterior y veinticuatro meses después para el resto. Por eso evitaría decirle a cualquier autónomo que “la factura electrónica obligatoria empieza tal día” sin comprobar antes en qué punto se encuentra el desarrollo normativo y qué grupo le corresponde.

Además, el nuevo modelo no consiste simplemente en generar un PDF y enviarlo por correo electrónico. El reglamento de factura electrónica B2B contempla facturas en mensajes informáticos estructurados y formatos interoperables, junto con mecanismos para intercambiar información sobre determinados estados de la factura. Eso obliga a pensar en la facturación como un proceso integrado con la gestión administrativa y no como el último botón que se pulsa después de terminar un trabajo.

Para mí, esa transformación tiene una parte positiva. Una pyme que aproveche la obligación para ordenar su circuito administrativo puede saber antes qué ha facturado, qué está pendiente de cobro, qué impuestos está acumulando y cómo evoluciona su tesorería. El problema aparece cuando se interpreta la digitalización como comprar un programa y olvidarse. La herramienta puede automatizar muchísimo, pero alguien sigue teniendo que decidir cómo registrar correctamente una operación, comprobar una factura dudosa o detectar que un gasto no debería estar mezclado con la actividad profesional.

Cuando trabajo el cierre con varios meses de margen puedo cruzar contabilidad, fiscalidad y tesorería de una forma mucho más útil. Si la previsión indica que habrá un resultado elevado, podemos estudiar las decisiones empresariales previstas; si aparecen desviaciones, podemos comprobarlas antes de que se conviertan en errores repetidos; y si el negocio está creciendo, podemos revisar si la estructura administrativa que servía para facturar cien operaciones sigue funcionando cuando ya son mil. Esa es la parte del asesoramiento que más valoro: no esperar a que llegue una notificación de Hacienda para empezar a ordenar papeles, sino lograr que cuando llegue cada trimestre la declaración fiscal sea casi la consecuencia natural de una gestión que ya estaba correctamente organizada.